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viernes, 13 de diciembre de 2013

Diseño constitucional y separación de poderes en América Latina


Los regímenes latinoamericanos se fundaron en una versión popularizada del modelo separación de poderes de Estados Unidos. Este modelo de “frenos y contrapesos” propone complementar la división formal de poderes con dos elementos adicionales: sistema electoral que induzca en cada rama de gobierno una representación de intereses lo mas diversa posible. Además, se necesita de una distribución de poderes que permita a cada uno de los agentes estatales el bloquear las decisiones de otros.

Sin embargo, este ya no es deseable, pues frustra las posibilidades de formar mayorías legislativas con capacidad decisoria para lograr “decisiones rápidas y efectivas” en casos en los que los cambios de legislación se tornan necesarios o deseables para satisfacer necesidades y demandas del ciudadano.

Este modelo surgió como reacción al despotismo parlamentario y a los excesos mayoritarios. La concentración del poder se evitaba gracias a la “limitación” en el poder y las funciones de cada poder.

Una de las formas de evitar los intereses en común dentro de los poderes era el inducir en los representantes de cada rama del poder una motivación distinta, fruto de la diversa relación que guardarían con el electorado.

La diversificación de intereses se intensifico mediante mecanismos adicionales como: elecciones no concurrentes de presidentes, diputados y senadores.

Básicamente, el objetivo de este sistema era el de “proteger el status quo”, haciendo posible el cambio legislativo mediante amplias coaliciones.

Este modelo posee tanto virtudes como defectos. Una de sus virtudes es que es una forma efectiva de evitar el monopolio del poder (evita que alguien tome la total “representación” del pueblo ante los poderes).

Otro argumento en favor del modelo es el que dan Buchanan y Tullock, que consideran el hecho de que en una organización de poderes, aunque eleva el costo de adoptar decisiones, tiene el beneficio de hacerlas mas representativas y de minimizar la posibilidad de que se afecten derechos e intereses de los grupos excluidos de la decisión. Además, hace mas “creíbles y estables” las decisiones tomadas.

Pese a ello, el argumento mas importante y central en defensa de este modelo es el hecho de que maximiza la rendición de cuentas de los representantes.

El valor de estos argumentos, sin embargo, debe ser contrastado con las deficiencias que el modelo presenta. Si las preferencias de los distintos actores con poder de veto coincidan en la necesidad de promover cambios legislativos en un mismo sentido, este sistema puede brindar a actores minoritarios un poder desproporcionado para preservar el propio status quo o para obtener beneficios particulares.

De igual manera, el problema mas “obvio” se podría encontrar en su eficacia. Se le critica el hecho de que la variedad de preferencias políticas haga que no pueda ponerse en marcha una agenda política coherente y propositiva, haciendo uso y abuso del derecho de veto. De este tipo de situaciones surge el concepto de “ingobernabilidad”.

En el caso de América Latina, este modelo fue adoptado poco a poco en las constituciones de los nacientes países, pero, debido a su ineficiencia, varias constituciones lo han dejado de lado por dos simples motivos: evita que surjan gobiernos divididos con representación de distintos intereses en al presidencia y el congreso, además de otorgar al presidente fuertes poderes para promover cambios legislativos, incluso en ausencia del apoyo mayoritario de la legislatura.

Una de las formas de suprimir el conflicto entre poderes es evitar que el partido del presidente tenga una representación minoritaria en el congreso o que siendo mayoría, el partido sea poco cohesivo y disciplinado.

En lo que respecta a la división de poderes, en América Latina, existen ciertas constituciones que reducen la capacidad de bloqueo de las distintas ramas de poder, con el fin de hacer mas expeditivo el proceso legislativo.

Sin embargo, a diferencia de la estricta simetría de poderes entre cámaras que establece el modelo estadounidense, algunas de las constituciones latinoamericanas disminuyen el poder de veto de alguna de las cámaras o la excluyen de la consideración en ciertos temas.

Finalmente, el autor del texto ofrece una “baraja” de posibilidades que puedan llevar a América Latina y sus gobiernos a buscar fortalecer el sistema para evitar las probabilidades de conflictos entre las ramas del gobierno, obteniendo así, operación, eficacia y gobernabilidad.

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